Fuente:
http://www.univision.com/content/content.jhtml?chid=3&schid=278&secid=284&cid=786888&pagenum=2
Camino 1: petición familiar. La ley de inmigración permite que un residente reclame 2 categorías de familiares: cónyuges y/o hijos solteros, y que un ciudadano, además, pida a sus padres. Pero debe armarse de paciencia.Cada año el gobierno autoriza 200 mil visas que se entregan de acuerdo con el grado de preferencia. Es decir, tienen prioridad los familiares de un ciudadano y después los familiares de un residente. Y la fecha.
Camino 2: certificación laboral. Cualquier extranjero que viva legalmente en EU y tenga el respaldo de un empleador, puede gestionar la residencia por medio de una Certificación Laboral o 'Perm', que es autorizado por el Departamento de Trabajo.Una vez aprobado, el extranjero puede entonces completar los formularios I-140 (Petición laboral), I-485 (para residencia permanente) e I-765 (permiso de trabajo).
Camino 3: matrimonio. Si un extranjero se casa con un ciudadano estadounidense, tiene derecho a pedir la residencia. Pero tenga cuidado, porque si el matrimonio es por conveniencia, puede ser deportado de Estados Unidos.Si le otorgan la residencia, el servicio de inmigración (USCIS) se la dará condicionada bajo la clave 'CR6', que indica dos años a prueba. Al término de ese tiempo, usted podrá gestionar que le quiten la restricción.
Camino 4: lotería de visas. Cada año participan entre 7 y 9 millones de extranjeros, quienes optan por una de las 50 mil visas que otorga el Departamento de Estado.Las residencias se entregan principalmente a personas que viven fuera de EU, que poseen estudios secundarios completos y pueden demostrar un mínimo de 2 años de experiencia como profesionales. Una propuesta aprobada el 16 de diciembre amenaza con eliminarlo.
Camino 5: asilo. Estados Unidos otorga asilo a extranjeros que en sus países de origen son perseguidos y sus vidas corren peligro.El proceso es largo y complejo. Si el Departamento de Justicia le otorga la protección, obtiene el derecho a trabajar. Cumplido un año y un día a partir de la fecha en que se concede el beneficio, tiene derecho a pedir la residencia al servicio de inmigración. Pero si le niegan el caso, lo deportan.
Camino 6: refugiados. Es casi lo mismo que el asilo, con la diferencia que el refugiado solicita la protección en su país de origen o en un tercer país.La petición se hace directamente ante una embajada y puede ser patrocinada por un organismo internacional, quien certifica que la vida del peticionario corre peligro. Si gana el caso, el gobierno de Washington le envía los pasajes aéreos y lo cobija, al igual que sus familiares directos (cónyuge e hijos).
Camino 7: visa tipo H1B. Los profesionales extranjeros con una visa H1B, en cualquier momento durante la vigencia del permiso (3 años renovables 2 veces) pueden iniciar un trámite de residencia por medio de una Certificación Laboral.Para dar este paso, requiere que el empleador esté dispuesto a patrocinarlo e iniciar las gestiones, primero ante el Departamento de Trabajo, y luego ante el servicio de inmigración.
Camino 8: "Pies secos, pies mojados". En 1994 los gobiernos de Washington y La Habana firmaron un acuerdo conocido bajo este nombre. Indica que quienes huyen hacia Estados Unidos y ponen sus pies en tierra firme, ganan automáticamente el asilo; quienes son capturados en el mar, son deportados. Al año y un día como asilados tienen derecho a pedir la residencia permanente.
Camino 9: Sección 245(i) de la ley de inmigración. Permite que residentes y ciudadanos reclamen familiares inmediatos (cónyuges e hijos menores de 21 años solteros) indocumentados, y también a empleadores, para que reciban la residencia de acuerdo al cupo anual que otorga el Departamento de Estado y que se regula por el Boletín de Visas.La última vez que el Congreso la activó fue entre el 21 de diciembre de 2000 y el 30 de abril de 2001, y benefició a unos 640 mil extranjeros.
Camino 10: abuso doméstico. La Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA) permite que mujeres víctimas de maltrato casadas con ciudadanos o residentes, regularicen su estatus sin el conocimiento del agresor, quien en muchos casos amenaza con denunciarlas a inmigración si no cumplen sus exigencias.El camino no es fácil. El gobierno hará preguntas para probar la agresión, pero al final la víctima puede conseguir el asilo, y luego ajustar su estatus a residente permanente.
Leyes de Imigracion USA
Thursday, August 6, 2009
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